ALGUNOS PEROS Y ANOTACIONES ACERCA DE LA LEY DE DERECHOS DE AUTOR LLERAS

Los chicos de ReCrea, Red Pa Todos y Mariana Rojas (La Furia) lanzaron esta infografía para explicar la Ley Lleras (aquí en alta calidad) de una forma visual y fácil de entender. Es algo que me hubiera gustado hacer, como lo intenté en este post.

Un excelente trabajo que vale la pena copiar y distribuir como homenaje a su labor (puedes hacerlo sin problema ;) ). Algo que me gusta mucho de la Ley Lleras es que ha unido a múltiples sectores para trabajar en búsqueda de reformas al proyecto de ley que beneficien no sólo a la industria del entretenimiento, sino también a todos los involucrados en este gigante sistema tejido por la red.

La mención a las excepciones y limitaciones y a las bibliotecas es algo que creo que más bibliotecarios deberían tener en cuenta para asumir una posición al respecto. Lastimosamente hablé con una bibliotecóloga responsable de varias bibliotecas de Bogotá que argumentó no interesarse en el proyecto de ley por falta de conocimiento. Ojalá esta iniciativa sirva para que esa excusa del desconocimiento no sea un motivo para que otros decidan el futuro de nuestra profesión en lo digital. En este documento hablan sobre la misión de las bibliotecas, diciendo que es “preservar la cultura para las generaciones futuras y garantizar el acceso a esa cultura preservada” Por otro lado el Manifiesto de la IFLA sobre Internet de tan sólo cinco páginas (aquí el sitio de IFLA) dice cosas como:

La libertad de acceso a la información, sin importar el soporte y las fronteras, es una responsabilidad primordial de los bibliotecarios y documentalistas.

y entre otros puntos que deberían revisarse cabe la pena destacar este:

La IFLA insta a todos los gobiernos a apoyar la libre circulación de información accesible a través de Internet mediante las bibliotecas y servicios de información y a oponerse a cualquier intento de censurar o restringir el acceso.

Si revisamos las Directrices del Manifiesto de la IFLA/UNESCO sobre Internet en la sección sobre barreras de acceso (sección 7) entre ellas la propiedad intelectual (parte C) dice:

Ante legislaciones restrictivas sobre propiedad intelectual en el ámbito digital y en relación con la gestión de derechos digitales, las bibliotecas deben promover alternativas legítimas a las formas actualmente existentes de los derechos de autor y de copia, como las licencias del tipo Creative Commons que aumentan, en vez de restringir, el acceso a la información.

Si los guardianes del conocimiento no se preocupan por garantizar el acceso ¿Vamos a dejar que sea la industria quien decida quien accede a la cultura? Está clarísimo que democratizar la cultura no hace parte de los intereses de grandes organizaciones, como la MPAA en voz de su vicepresidente, Greg Frazier afirmó recientemente (aquí la nota completa). Claro que las bibliotecas deben velar por brindar acceso a la información, pero nunca deben infringir la norma. Por esto es tan importante que el proyecto de ley incluya la visión de esta institución y no deje por fuera esta figura cuya misión puede verse comprometida. Para el próximo 4 de mayo de 2011 donde se realizará un foro informativo donde varios involucrados presentarán sus puntos de vista (aquí la noticia en el sitio del Senado y aquí la recopilación de Red Pa Todos del perfil de los participantes) no hay ningún representante de las bibliotecas. En Red Pa Todos organizaron una actividad llamada “Plazas vacías… Aulas llenas” para que si bien no todos estan enterados de cómo afecta la ley, encuentren espacios de información y discusión. Tal vez entremos tarde a la discusión, pero es mejor que nunca darla.